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Revise las preguntas y respuestas sobre el Fondo Concursable Dicoex 2015

Con el propósito de despejar dudas y facilitar la preparación de las postulaciones al Fondo Concursable DICOEX 2015 para la ejecución de proyectos orientados al fomento de la vinculación, asociatividad y participación de las Asociaciones de chilenos residentes en el extranjero, se adelantan las respuesta a las consultas y aclaraciones solicitadas hasta esta fecha.

Consulta 1.
Hay un proyecto para ser presentado en DICOEX que es apoyado por 5 organizaciones de chilenos en ++++. ¿Cómo se hace en estos casos?
Respuesta: Toda postulación debe ser realizada por una Asociación, cuya identificación debe quedar registrada en el numeral 1.1) del Formulario de Postulación y sus antecedentes deberán indicarse en el acápite 2) del mismo formulario.- Sin embargo, pueden participar o asociarse en un mismo proyecto más entidades, situación que será valorada positivamente en la evaluación del proyecto, según lo definido en los criterios de selección. Véase en el numeral 11) de los Aspectos Administrativos, lo referido al concepto “Patrocinio y Redes”..- En el evento que sucediera esta situación, deberá registrarse en el numeral 3.10) del Formulario de Postulación, el nombre de la o las entidad(es) que participaran. Además, se indicara el rol o las tareas que desempeñarán.
Consulta 2.
Estimados, junto con saludarlos, les escribo para preguntar sobre el requisito que dice “Podrán postular al Concurso todas las Asociaciones de Chilenos residentes en el exterior que posean personalidad jurídica, según la legislación del país donde se encuentren”. En caso de no cumplir con esa condición, las asociaciones podrán solicitar al Cónsul respectivo la extensión de un certificado de viabilidad, para acreditar que el proyecto se ajusta a las bases y objetivos de este concurso y dispone de los recursos para su ejecución
Respuesta: No corresponde reemplazar el requisito de “Personería Jurídica” por un Certificado de Viabilidad extendido por el Jefe de Misión, Embajador o Cónsul, según corresponda. Cabe recordar que en las Bases de la Convocatoria, inciso primero del numeral 4) de los Aspectos Técnicos, se dispone expresamente que: “Podrán postular al Concurso todas las Asociaciones de chilenos residentes en el exterior que posean personalidad jurídica, según la legislación del país donde se encuentren”. Situación, que deberá acreditarse mediante la entrega del respectivo certificado, según lo indicado en el numeral 6) de los Aspectos Administrativos de las Bases.
Consulta 3.
Estimados amigos Dicoex, Junto con saludarlos muy cordialmente, nos comunicamos en función de la convocatoria de los Fondos Concursables 2015. Las bases de este año solicitan que los participantes deben ser asociaciones chilenas con personería jurídica. Nuestra consulta es; considerando que nuestra agrupación XXX no cuenta con dicha condición, ¿se podría participar con un certificado de viabilidad emitido por la representación diplomática correspondiente, tal como se ha hecho en otros años? Ojalá esto sea posible, ya que es nuestra intención presentar un nuevo proyecto que permita darle continuidad al ++++ cuya primera versión se realizó el año pasado junto a otras iniciativas que difunden el folclore de nuestro país en ++++. Estas actividades fueron muy bien recibidas por la comunidad chilena residente quienes expresaron un gran interés por contar con nuevas versiones de ellas. (Ver informes complementarios enviados oportunamente). Quedamos a la espera de vuestros comentarios al respecto y los saludamos muy cordialmente desde ++++
Respuesta: No corresponde reemplazar el requisito de “Personería Jurídica” por un Certificado de Viabilidad extendido por el Jefe de Misión (Embajador o Cónsul, según corresponda) toda vez que las Bases de la Convocatoria en el inciso primero del numeral 4), de los Aspectos Técnicos, disponen expresamente que: “Podrán postular al Concurso todas las Asociaciones de chilenos residentes en el exterior que posean personalidad jurídica, según la legislación del país donde se encuentren”. Situación, que deberá acreditarse mediante la entrega del respectivo certificado, según lo indicado en el numeral 6) de los Aspectos Administrativos de las Bases.- Además, según lo dispuesto en el numeral 1) de los Aspectos Administrativos, la Convocatoria está dirigida a las “Asociaciones de chilenos residentes en el exterior con personalidad jurídica …”. – Por otra parte, cabe agregar que no resulta aplicable en esta Convocatoria la reglamentación establecida en los procesos anteriores.- Cabe indicar que el presente año, y siguiendo la normativa dispuesta por el ente contralor, se ha debido perfeccionar y modificar la normativa aplicable. Por ello, que llamamos, en la medida de lo posible, a construir alianzas con otras organizaciones que cumplan con este requisito, para finalmente presentar el proyecto.

Consulta 4.
Hola, mi nombre es ++++ soy la presidenta de la ++++. Si me pudieran hacer llegar información acerca de este programa de ante mano muchas gracias y que tengan un buen día.
Respuesta: Las Bases y formularios de la postulación al Fondo Concursable DICOEX 2015, se pueden solicitar directamente en las Embajadas o Consulados de Chile, también se encuentran disponibles para su descarga en la página web www.chilesomostodos.gov.cl.
Consulta 5.
Estimados, junto con saludarlos les escribo para preguntar sobre el requisito que dice “Podrán postular al Concurso todas las Asociaciones de chilenos residentes en el exterior que posean personalidad jurídica, según la legislación del país donde se encuentren. En caso de no cumplir con esta condición, las asociaciones podrán solicitar al Cónsul respectivo la extensión de un Certificado de Viabilidad, para acreditar que el proyecto se ajusta a las bases y objetivos de este Concurso y dispone de los recursos para su ejecución”. Nosotros, ++++ no tenemos personalidad jurídica aun ni en Chile ni en ++++ por ende, la pregunta es si podremos postular o no? Atento a sus comentarios.
Respuesta: Lamentablemente no es posible. El cambio de la modalidad de postulación ha sido este año.- La personalidad jurídica es un requisito ineludible, conforme lo establecido en el inciso primero del numeral 4) de los Aspectos Técnicos y en el numeral 1) de los Aspectos Administrativos de las Bases. – Por otra parte, cabe hacer presente que el requisito antes mencionado no corresponde a las Bases de la Convocatoria para el presente año (2015), sino que corresponde a la utilizada en años anteriores.

Consulta 6.
El motivo de este email es la petición de formularios o la información del lugar donde acudir para solicitarlos ya que este año queríamos presentar un proyecto gastronómico, folklórico y cultural en ++++.
Respuesta: Las Bases y formularios de la postulación al Fondo Concursable DICOEX 2015, se pueden solicitar directamente en las Embajadas o Consulados de Chile, también se encuentran disponibles para su descarga en la página web www.chilesomostodos.gov.cl .
Consulta 7.
Señores DICOEX: Les saludo en el marco de la convocatoria al Fondo Concursable 2015. Mi nombre es ++++, Chilena residente en ++++y participante de la comisión elaborado del proyecto a presentar en nombre de la Comunidad de Chilenos residentes en ++++. Me permito exponer algunas dudas que han surgido en el proceso de elaborar el proyecto, por lo que solicito a usted, tenga a bien dar respuesta y orientación:
7.1. El proyecto se presentaría en asociación con diversas organizaciones de Chilenos residentes en el ++++ sin embargo no se dispone de Personalidad Jurídica. Existe alguna posibilidad de soslayar esta exigencia o presentar el proyecto directamente a través del Consulado de Chile en ++++? De lo contrario, que se sugiere a objeto de hacer viable la presentación del proyecto?
Respuesta: – Desafortunadamente, a partir de este año, no corresponde la presentación de proyectos por parte de postulantes que no cumplan con los requisitos establecidos en las Bases de la Convocatoria. – Al respecto, debe tenerse en cuenta que la personalidad jurídica es un requisito ineludible, conforme lo establecido en el inciso primero del numeral 4) de los Aspectos Técnicos y en el numeral 1) de los Aspectos Administrativos de las Bases. – Véanse respuestas a las consultas números 2, 3 y 5.

7.2. Respecto a los Recursos económicos aportados por la organización. Es posible valorizar servicios como actuación de artistas, arriendo de local e implementación, insumos, entre otros y considerarlos dentro de los aportes de la organización al financiamiento del proyecto? Es decir, en el caso que no se disponga de dinero suficiente y se cuente con aporte de servicios y bienes en forma gratuita de parte de terceros, que se requieren para la ejecución del proyecto y de ser cancelados involucraría un costo.
Respuesta: Si, por cierto, ya que ello exhibe su capacidad de gestión y de concitar esfuerzos mancomunados de la comunidad.

7.3. Respecto a Gastos no Financiados, punto 11 de las Bases: al mencionar que no es financiable la Compra de Regalos para Autoridades, se podrían comprar estimulo y diplomas de reconocimiento, al igual que medallas y trofeos para los artistas y ganadores de las diversas competencias?
Respuesta: Si, siempre que su propósito no sea premiar a las autoridades o miembros de la directiva de la Asociación.

7.4. Duración del Proyecto: en el caso de hacer una actividad de duración de un sólo día, se considera fecha de ejecución el periodo que conlleva la organización del evento y post evaluación o solo el día de realización del evento? Me despido agradeciendo a usted el apoyo y facilidades otorgadas para elaborar y presentar el proyecto.
Respuesta: Se considerará como duración de la ejecución del proyecto, el tiempo empleado en su preparación y desarrollo del evento.

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